Una de las consultas más frecuentes de las empresas
españolas al recibir el presupuesto de participación en una feria en Europa es:
“¿Por qué incluyes el IVA de Francia (Alemania, Gran Bretaña, Portugal…)? Soy
una empresa española”.
La contestación es muy sencilla, al ser un servicio que se
consume en el país, la empresa organizadora del evento está obligada a
incluirlo. Tras la feria, puedes solicitar la devolución del IVA soportado en
el alquiler del espacio del stand, modular, electricidad y otros gastos que
varían dependiendo del país.
Esto es así en líneas generales, hay casos más complicados,
de los que hablaremos más adelante. Pero el principio es muy simple. La
organización de la feria, digamos en Francia, organiza una feria en París. No
es un servicio que nos envíe por email, como podría ser una traducción, es un
servicio con una base muy identificable en Francia. Por ello, incluye a todas
las empresas que van a ir a Francia a la feria el IVA francés, que es un pico
comparado con el 10% español, para qué engañarnos. Es cierto, en la mayoría de
los países europeos, el IVA por participar en una feria es el IVA normal,
mientras que en España es el reducido. ¿Sabéis de algún otro país europeo que
también tenga el IVA reducido en la participación en ferias?
Un caso especial
Me he enterado hace poco de un caso especial, el Reino
Unido, hasta ahora, como todos los países de la Unión Europea, incluía el IVA
en sus facturas de feria, pero un nuevo decreto ha eliminado este impuesto para
las empresas de la UE no británicas y países terceros que tengan también este
sistema, como puede ser Estados Unidos.
Está genial, porque hay muchas empresas que finalmente no lo
reclaman y es una cantidad que se queda la agencia tributaria del país receptor
de la feria sin tener derecho a ello. Os paso aquí un listado del IVA en los distintos países de la UE, es de julio de este año, por lo que el IVA en España
ha cambiado :-(,
esperemos que en el resto siga igual.
Cómo solicitar su devolución
Cada país y agencia tributaria tiene su propio sistema,
puedes enfrascarte con el sistema tributario francés y solicitarlo directamente
a Francia (o a Alemania, o a Portugal) o hacerlo a través de la agencia
tributaria española. Obviamente, aunque sea sólo por una cuestión lingüística,
la agencia tributaria española, parece la opción más sencilla. Y si es así, ¿por
qué hay empresas que lo solicitan directamente al país donde se celebró la
feria? Pues porque existe la creencia de que así te devuelven el dinero más
rápido.
Digo existe la creencia, porque no tengo datos que
demuestren esta afirmación. Aparte de la creencia, existe el convencimiento de
que la empresa reclamará el dinero que se le debe con más entusiasmo que la
agencia tributaria española. Ya sea en un caso o en otro, no es un trámite
rápido, lleva su tiempo recuperar el dinero. Por ello, aconsejamos a las
empresas que esperen hasta después de la feria para incluir todas las facturas
que hayan tenido que pagar con el IVA incluido. Por ejemplo, en Francia y
Alemania las ferias suelen facturar con posterioridad al evento el consumo de
electricidad a las empresas participantes. Hay que incluir todas las facturas,
luego algunas te las echarán por tierra. Por ejemplo, en Francia no se admite
la devolución del IVA soportado en el hotel de la feria ni en restaurantes.
Bueno, volvemos a cómo solicitar la devolución, la agencia
tributaria española tiene el formulario 360 para este efecto. Se puede rellenar
exclusivamente por vía electrónica y os dejo aquí el enlace al mismo. Pero, por si os interesa
presentarlo directamente al país de celebración de la feria, os dejo aquí el
formulario francés
y el alemán.
Otro método, mucho más sencillo, pero que siempre implica un
coste, pasa por contratar una gestora que haga directamente este trámite por tu
empresa. Os recomiendo consultar con la gestoría con la que normalmente trabajéis.
Las ferias ofrecen gestoras, pero normalmente tienen un coste alto. En la
mayoría de los casos hay una cantidad mínima y un porcentaje sobre el importe
recuperado.
Casos complicados
Hay ferias que son casos especialmente complicados. Un
ejemplo, la feria la organizan desde Francia, pero tiene lugar en Holanda y hay
una empresa española que quiere exponer. ¿Qué IVA se le aplica? Pues
normalmente el IVA del país donde está la organización, en este caso Francia.
Digo normalmente porque he visto que en EIBTM factura al IVA español, aunque la
organización está en Londres. Es una pena para las empresas españolas que han
tenido que pagar un 8% o un 10%, depende de la fecha de contratación, de IVA
cuando con la nueva regulación británica, no lo habrían tenido que desembolsar.
Bueno, como estos casos seguirán existiendo es el único tipo
en el que recomiendo a la empresa expositora que contrate para el reembolso a
la agencia recomendada por la feria, que suele tener todos los datos para
hacerlo más rápido.
El IVA es un tema complicado y delicado, con el que siempre
hay que tener mucho cuidado. Por lo que os aconsejo que miréis con atención
todas las facturas para ver el IVA que te imponen.
Aparte del IVA reducido en algún otro país ¿Sabéis de algún
gasto inusual del que puedas pedir la devolución del IVA en algún país de la
UE? Aquí os dejo los gastos reembolsables en Europa por países, pero es una lista muy
general, me gustaría saber vuestra experiencia.
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