lunes, 17 de diciembre de 2012

Recuperación del IVA soportado en ferias en la UE



Una de las consultas más frecuentes de las empresas españolas al recibir el presupuesto de participación en una feria en Europa es: “¿Por qué incluyes el IVA de Francia (Alemania, Gran Bretaña, Portugal…)? Soy una empresa española”.


La contestación es muy sencilla, al ser un servicio que se consume en el país, la empresa organizadora del evento está obligada a incluirlo. Tras la feria, puedes solicitar la devolución del IVA soportado en el alquiler del espacio del stand, modular, electricidad y otros gastos que varían dependiendo del país.


Esto es así en líneas generales, hay casos más complicados, de los que hablaremos más adelante. Pero el principio es muy simple. La organización de la feria, digamos en Francia, organiza una feria en París. No es un servicio que nos envíe por email, como podría ser una traducción, es un servicio con una base muy identificable en Francia. Por ello, incluye a todas las empresas que van a ir a Francia a la feria el IVA francés, que es un pico comparado con el 10% español, para qué engañarnos. Es cierto, en la mayoría de los países europeos, el IVA por participar en una feria es el IVA normal, mientras que en España es el reducido. ¿Sabéis de algún otro país europeo que también tenga el IVA reducido en la participación en ferias?

Un caso especial


Me he enterado hace poco de un caso especial, el Reino Unido, hasta ahora, como todos los países de la Unión Europea, incluía el IVA en sus facturas de feria, pero un nuevo decreto ha eliminado este impuesto para las empresas de la UE no británicas y países terceros que tengan también este sistema, como puede ser Estados Unidos.

Está genial, porque hay muchas empresas que finalmente no lo reclaman y es una cantidad que se queda la agencia tributaria del país receptor de la feria sin tener derecho a ello. Os paso aquí un listado del IVA en los distintos países de la UE, es de julio de este año, por lo que el IVA en España ha cambiado :-(, esperemos que en el resto siga igual.

Cómo solicitar su devolución


Cada país y agencia tributaria tiene su propio sistema, puedes enfrascarte con el sistema tributario francés y solicitarlo directamente a Francia (o a Alemania, o a Portugal) o hacerlo a través de la agencia tributaria española. Obviamente, aunque sea sólo por una cuestión lingüística, la agencia tributaria española, parece la opción más sencilla. Y si es así, ¿por qué hay empresas que lo solicitan directamente al país donde se celebró la feria? Pues porque existe la creencia de que así te devuelven el dinero más rápido. 


Digo existe la creencia, porque no tengo datos que demuestren esta afirmación. Aparte de la creencia, existe el convencimiento de que la empresa reclamará el dinero que se le debe con más entusiasmo que la agencia tributaria española. Ya sea en un caso o en otro, no es un trámite rápido, lleva su tiempo recuperar el dinero. Por ello, aconsejamos a las empresas que esperen hasta después de la feria para incluir todas las facturas que hayan tenido que pagar con el IVA incluido. Por ejemplo, en Francia y Alemania las ferias suelen facturar con posterioridad al evento el consumo de electricidad a las empresas participantes. Hay que incluir todas las facturas, luego algunas te las echarán por tierra. Por ejemplo, en Francia no se admite la devolución del IVA soportado en el hotel de la feria ni en restaurantes.


Bueno, volvemos a cómo solicitar la devolución, la agencia tributaria española tiene el formulario 360 para este efecto. Se puede rellenar exclusivamente por vía electrónica y os dejo aquí el enlace al mismo. Pero, por si os interesa presentarlo directamente al país de celebración de la feria, os dejo aquí el formulario francés y el alemán.


Otro método, mucho más sencillo, pero que siempre implica un coste, pasa por contratar una gestora que haga directamente este trámite por tu empresa. Os recomiendo consultar con la gestoría con la que normalmente trabajéis. Las ferias ofrecen gestoras, pero normalmente tienen un coste alto. En la mayoría de los casos hay una cantidad mínima y un porcentaje sobre el importe recuperado.

Casos complicados


Hay ferias que son casos especialmente complicados. Un ejemplo, la feria la organizan desde Francia, pero tiene lugar en Holanda y hay una empresa española que quiere exponer. ¿Qué IVA se le aplica? Pues normalmente el IVA del país donde está la organización, en este caso Francia. Digo normalmente porque he visto que en EIBTM factura al IVA español, aunque la organización está en Londres. Es una pena para las empresas españolas que han tenido que pagar un 8% o un 10%, depende de la fecha de contratación, de IVA cuando con la nueva regulación británica, no lo habrían tenido que desembolsar.


Bueno, como estos casos seguirán existiendo es el único tipo en el que recomiendo a la empresa expositora que contrate para el reembolso a la agencia recomendada por la feria, que suele tener todos los datos para hacerlo más rápido. 


El IVA es un tema complicado y delicado, con el que siempre hay que tener mucho cuidado. Por lo que os aconsejo que miréis con atención todas las facturas para ver el IVA que te imponen.


Aparte del IVA reducido en algún otro país ¿Sabéis de algún gasto inusual del que puedas pedir la devolución del IVA en algún país de la UE? Aquí os dejo los gastos reembolsables en Europa por países, pero es una lista muy general, me gustaría saber vuestra experiencia.

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